La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha lanzado una advertencia a los ayuntamientos sobre el uso de inteligencia artificial en los sistemas de videovigilancia. La preocupación surge después de que se detectara que los proyectos de dos consistorios podrían infringir la Ley Orgánica de Protección de Datos debido al uso potencial de IA con capacidad de reconocimiento de personas o vehículos en las calles.
Estos son los primeros requerimientos de la agencia respecto a sistemas con IA, insistiendo en que deben incorporar garantías suficientes antes de su instalación. Aunque la normativa no prohíbe el uso de IA en grabaciones de cámaras públicas, la agencia subraya que su uso debe estar justificado y seguir el principio de proporcionalidad.
Uno de los proyectos advertidos planea desplegar 38 cámaras adicionales a las 124 existentes, en un sistema centralizado operado con IA. Estas cámaras podrían clasificar personas y vehículos en tiempo real, basándose en características como el pelo, el sexo o el grupo de edad, sin especificar el sistema exacto a utilizar.
Lorenzo Cotino, presidente de la AEPD, alerta que añadir IA a la videovigilancia multiplica sus prestaciones, pero también los riesgos para la ciudadanía si no se diseña correctamente. La diferencia entre un control total y una incidencia puntual en derechos fundamentales depende del cumplimiento normativo.
Xavier Urios, jefe de asesoramiento jurídico de la Autoritat Catalana de Protecció de Dades, menciona que estos sistemas se están extendiendo, aunque a menudo como parte de campañas políticas. Urios aclara que un ayuntamiento solo puede implementar sistemas de reconocimiento facial en tiempo real con autorización judicial, y solo en casos específicos como búsqueda de víctimas o amenazas graves.
Los ayuntamientos de Lleida, Mataró, El Vendrell, Badalona y Castelldefels han anunciado proyectos de videovigilancia con IA, que incluyen funciones como la lectura automática de matrículas y la detección de comportamientos incívicos.